La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal decidió suspender de manera provisoria la aplicación de las sanciones económicas que pesaban sobre el Gobierno por el incumplimiento en la actualización de los salarios universitarios.
Apelación concedida, suspensión de astreintes y postura oficial
La medida dictada por la alzada deja sin efecto temporal la multa de $100.000 diarios impuesta horas antes por el juez Martín Cormick sobre el jefe de Gabinete, Diego Santilli. En este sentido, los apoderados legales del Ministerio de Capital Humano fundamentaron la presentación argumentando que la cautelar se encontraba plenamente cumplida mediante los aumentos otorgados desde finales de 2023. De esta manera, al concederse la queja con efecto suspensivo, la aplicación de los apercibimientos económicos queda congelada mientras la Cámara sustancia la discusión de fondo.
Por consiguiente, el Poder Ejecutivo nacional logra frenar el impacto económico inmediato de la sanción de primera instancia.
Alcance de la medida cautelar y reclamo del CIN
Por su parte, la resolución judicial de origen exige adecuar las remuneraciones del personal docente y no docente tomando como parámetro el Índice de Precios al Consumidor entre enero de 2023 y julio de 2025, lo que implicaría un ajuste del 40,25% sobre los básicos. En este sentido, desde el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) remarcaron que el Estado sigue incurriendo en mora sobre los plazos vencidos en septiembre y ratificaron que la cautelar fue confirmada por la Corte Suprema. Asimismo, la Cámara continuará analizando el expediente principal donde se cuestiona la validez del decreto gubernamental que condicionó la Ley de Financiamiento Universitario.
Fuente Enterate


