La fiscal María Cecilia Marcolín Loberse, integrante de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual de Rosario, resolvió el cierre definitivo de la causa. En este sentido, la funcionaria judicial determinó que la conducta analizada no encuadra en la figura penal de exhibiciones obscenas. Por consiguiente, la investigación iniciada tras el aterrizaje de la aeronave en el Aeropuerto Internacional Islas Malvinas quedó archivada sin imputaciones.
Asimismo, la resolución jurídica precisó que la figura de exhibicionismo exige demostrar una intención directa de exponerse ante terceros para afectar el pudor ajeno. Sin embargo, las evidencias recolectadas por el Ministerio Público de la Acusación no lograron acreditar ese elemento subjetivo. Por lo tanto, la Justicia descartó la existencia de una falta penal, más allá del impacto que el suceso generó entre los presentes.
Reconstrucción del hecho y testimonios en el expediente
El episodio se registró a bordo de un vuelo de Copa Airlines procedente de Panamá. En esa oportunidad, el personal de cabina alertó a la Policía de Seguridad Aeroportuaria sobre una supuesta situación de índole sexual en la clase ejecutiva. De esta manera, los efectivos demoraron a un hombre de 54 años y a una mujer de 59 años al momento de descender del avión para realizar las fichas dactilares.
Por su parte, la recolección de pruebas enfrentó limitaciones técnicas debido a la ausencia de cámaras de seguridad en el sector ejecutivo de la cabina. De igual manera, las declaraciones testimoniales aportaron datos divergentes sobre lo ocurrido durante el trayecto. En consecuencia, una de las pasajeras confirmó que solo vio a la pareja besarse, mientras que otros relatos no permitieron comprobar la comisión del delito denunciado.
Fuente Enterate


