Un nuevo fallo de la justicia de Tucumán condenó a la distribuidora EDET S.A. tras un grave error operativo que destruyó las instalaciones de una usuaria. El hecho ocurrió en noviembre de 2023, cuando operarios de la empresa acudieron a reponer unos cables robados en el domicilio de Mirta Susana Perosa. Al reconectar el suministro, el personal vinculó por error la red a una línea de 383 voltios en lugar de los 220v reglamentarios, provocando una sobretensión masiva que quemó de inmediato múltiples electrodomésticos y puso en serio peligro la seguridad física de toda la familia.
Ante la demanda por daños y perjuicios, EDET S.A. intentó eludir su responsabilidad alegando un «caso fortuito» debido al robo de cables por terceros, e indicó que las reparaciones previas de algunos artefactos fueron simples «cortesías comerciales». Sin embargo, el Juzgado Civil y Comercial Común de la X° Nominación de Tucumán desestimó tajantemente esta defensa. El tribunal dictaminó que la distribuidora posee una obligación de seguridad y de resultado, calificando la errónea conexión como una «culpa grave» que vulneró directamente el derecho constitucional a un trato digno y violó la Ley de Defensa del Consumidor.
La sentencia impuso una indemnización ejemplar que sienta un precedente crucial contra los abusos de las empresas prestatarias. EDET deberá abonar $1.096.884,50 por daño material (para cubrir cables, lavarropas e impresora) y $2.420.694 por daño moral, calculado bajo el criterio de «precio del consuelo» equivalente a un viaje a las Cataratas del Iguazú para dos personas. Además, se aplicó una multa de $6.582.948 por daño punitivo (equivalente a 4 canastas básicas totales del INDEC), declarada como una «deuda de valor» que se liquidará al costo vigente en el momento del pago para neutralizar la depreciación por inflación
Fuente Enterate


