Un sorpresivo fallo judicial trajo alivio al bolsillo de miles de usuarios bonaerenses. La Justicia contencioso administrativa suspendió el aumento de las tarifas eléctricas aplicado desde el 1 de agosto en gran parte de la provincia de Buenos Aires, dejando sin efecto —de manera cautelar— la Resolución 585/2026 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos.
La medida fue dictada por el Juzgado N° 1 de Bahía Blanca, a cargo del juez Agustín López Coppola, tras una presentación impulsada por el defensor del Pueblo provincial, Guido Lorenzino. El fallo alcanza directamente a las distribuidoras EDELAP, EDES, EDEA y EDEN (cabe aclarar que Edenor y Edesur quedan excluidas por encontrarse bajo jurisdicción nacional).
¿Qué pasará con las facturas y el dinero ya pagado?
A partir de esta decisión judicial, las cuatro empresas alcanzadas están obligadas a retrotraer los componentes provinciales de las tarifas al cuadro anterior al incremento de agosto.
La buena noticia para los consumidores es que el fallo contempla un resarcimiento automático: aquellos usuarios que ya abonaron las boletas con los importes actualizados deberán recibir esa diferencia como saldo a favor en su próxima factura.
«Las empresas distribuidoras no pueden trasladar aumentos a las familias sin cumplir con la obligación legal de informar y debatir previamente», celebró Lorenzino tras conocerse la medida que busca resguardar los derechos económicos de los usuarios.
El motivo del freno: falta de audiencias públicas
El eje central del conflicto radica en la actualización del Valor Agregado de Distribución (VAD), el componente que define cuánto cobran las distribuidoras por prestar su servicio. Desde la Defensoría del Pueblo sostuvieron que, por mandato constitucional, era obligatorio realizar una audiencia pública antes de habilitar los aumentos, garantizando el acceso a la información y la participación ciudadana.
Ante este planteo, el gobierno de Axel Kicillof intentó defenderse argumentando que los criterios utilizados para calcular las tarifas ya habían sido debatidos en audiencias públicas. Sin embargo, la Justicia constató que esa última instancia de participación ciudadana se realizó en el año 2016, hace una década atrás.
Para el magistrado López Coppola, ese prolongado lapso transcurrido vuelve incompatible el aumento con los criterios vigentes, por lo que ordenó frenar cualquier nuevo cuadro tarifario hasta que se convoque a un debate formal y el proceso judicial tenga una sentencia definitiva.
Fuente Enterate


