El Tribunal de Cuentas de Tucumán resolvió desestimar la denuncia administrativa contra la delegada comunal de Las Cejas, Cristina Mabel Contreras, y su esposo, el excomisionado Hugo Alfredo Lazarte, quienes habían sido acusados de utilizar fondos públicos para construir una vivienda familiar en la localidad de El Cadillal.
De acuerdo a lo publicado por Tendencia de Noticias, la medida quedó firme a través del Acuerdo N° 3903 —del 9 de octubre de 2026—, rubricado por los vocales Sergio Miguel Díaz Ricci, Miguel Chaiben Terraf y Marcelo Vidal. El organismo concluyó que no se verificó un perjuicio fiscal para el Estado, por lo que no existen condiciones para iniciar una Comprobación Sumaria ni un Juicio de Responsabilidad contra las autoridades comunales.
El expediente se había iniciado en agosto de 2025 a partir de una presentación del exsecretario de Transporte de San Miguel de Tucumán, Enrique Romero, quien denunció a Contreras y a su familia por presuntos delitos de peculado, malversación de caudales públicos, administración fraudulenta, defraudación e incumplimiento de los deberes de funcionario público.
Facturas reales, pero sin registros de pagos oficiales
Tal como detalla el informe periodístico de Tendencia de Noticias, el eje de la auditoría giró en torno a seis comprobantes de compras realizadas entre agosto y septiembre de 2024 por un total de $1.100.687,27 en materiales de construcción (adquiridos en firmas como EMI, Bulonería Martínez, Tincani Bruno y Pinturería Roca).
Durante las inspecciones, profesionales del Tribunal de Cuentas visitaron los comercios y confirmaron que las facturas eran auténticas y habían sido emitidas a nombre de la comuna rural de Las Cejas. Incluso, en uno de los establecimientos se identificó a Carlos Peñalba —el herrero que aportó información sobre la obra en El Cadillal— como la persona que solicitó facturar a nombre de la administración comunal.
Sin embargo, al auditar las rendiciones del cuarto y quinto bimestre de 2024, los peritos determinaron que:
Ninguna de las facturas cuestionadas fue incorporada a la contabilidad oficial de la delegación rural.
No se hallaron movimientos bancarios que vincularan esas compras con pagos efectuados desde las cuentas comunales de Coparticipación o Rentas Generales.
Una factura de la firma EMI SRL por cerca de $525.000 se abonó con un cheque cuya numeración no coincidía con la utilizada por la comuna, mientras que el resto de los comprobantes figuraban como pagos en efectivo sin erogaciones públicas asociadas.
El descargo y las dificultades iniciales
En su defensa, Contreras negó rotundamente el uso de dinero público y aseguró en su descargo que dichas compras «no fueron ni serán incluidas en ninguna rendición, ya que no fueron gastos de la Comuna y no fueron canceladas con fondos comunales«.
Cabe recordar que, tal como había informado oportunamente Tendencia de Noticias, la investigación enfrentó trabas en su etapa inicial debido a la falta de respuesta de la comuna a los primeros requerimientos. Esto motivó a que el Tribunal de Cuentas dictara en octubre de 2025 el Acuerdo N° 4339, intimando a las autoridades de Las Cejas a entregar la documentación en un plazo de cinco días. Tras esa intimación, Contreras finalmente aportó los libros contables y extractos bancarios que permitieron corroborar la inexistencia de pagos oficiales vinculados a las facturas.
Repercusiones políticas y continuidad en la vía penal
El caso había generado un fuerte revuelo político en agosto de 2025. En declaraciones brindadas en aquel momento a Tendencia de Noticias, Enrique Romero había explicado que su denuncia se respaldaba en facturas, remitos, tickets y mensajes aportados por un trabajador de la obra, además de reclamar que se investigue el patrimonio familiar de la funcionaria.
La polémica motivó entonces el pronunciamiento del gobernador Osvaldo Jaldo, quien sostuvo que la comisionada debía dar las explicaciones correspondientes ante la Justicia, mientras que el legislador Alfredo Toscano solicitó al Poder Ejecutivo una investigación administrativa. Por su parte, Contreras atribuyó las acusaciones a una operación política en su contra.
Si bien con este fallo el Tribunal de Cuentas dio por concluida su intervención administrativa al no comprobarse daño patrimonial bajo los requisitos de la Ley N° 6.970, dejó constancia expresa en el artículo segundo de que el denunciante «conserva intacta la vía penal ante el Ministerio Público Fiscal» por la eventual comisión de delitos comunes. Asimismo, según recordó Tendencia de Noticias, esta resolución no afecta el curso de otros frentes judiciales que involucran a Contreras, entre ellos la causa elevada a juicio oral por presuntas irregularidades en la retención de haberes de empleados comunales.
Fuente Enterate


