El legajo judicial se originó a partir de la denuncia formal radicada en agosto de 2023 por una joven de 20 años. En este sentido, la investigación conducida inicialmente por el fiscal Ignacio López Bustos determinó que la víctima y el imputado, A. F. J., se conocieron en el ámbito laboral de una cervecería. Tras concurrir a un establecimiento bailable durante la madrugada del 5 de agosto de ese año, el acusado habría trasladado a la joven hacia su departamento privado aprovechando su estado de vulnerabilidad e indefensión.
El acopio probatorio incorporado al expediente incluyó peritajes psicológicos, informes médicos, registros de cámaras de seguridad y la extracción de conversaciones de WhatsApp en las que el sospechoso admitió el encuentro. Asimismo, los informes del Equipo Científico de Investigaciones Fiscales (ECIF) confirmaron indicadores compatibles con vivencias disruptivas en la víctima. Por lo tanto, el Ministerio Público Fiscal requirió una pena de nueve años de prisión.
Localización, prisión preventiva y avance hacia el juicio oral
El acusado eludió el accionar judicial durante meses pese a contar con una orden de captura vigente, desempeñándose en un comercio formal ubicado en la zona de Barrio Norte. De hecho, tras ser emplazado por el fiscal Gonzalo Rodríguez y rehusarse a comparecer de manera voluntaria, las fuerzas de seguridad coordinaron su detención efectiva. Durante la audiencia de control, el juez Fernando Luis Zóttoli Ortiz dispuso la prisión preventiva del imputado.
Además, la querella representada por el abogado Humberto Castaldo solicitó fijar con celeridad la fecha para la audiencia de control de acusación, instancia clave para la admisión de pruebas y la posterior apertura del juicio oral y público. La defensa técnica formalizó un pedido de impugnación contra la medida de coerción que será tratado durante las próximas horas.
Fuente Enterate


